Medidas de exención de visas para portadores de pasaportes ordinarios (pasaportes electrónicos) de la República del Paraguay
2025/5/21
A partir del 1 de junio de 2025, el Gobierno del Japón implementará medidas de exención de visa para los portadores de pasaportes ordinarios (pasaportes electrónicos) de la República del Paraguay para visitas de corta estadía que no excedan los 90 días.
- Los nacionales de la República del Paraguay portadores de pasaportes electrónicos ordinarios válidos que cumplan con los requisitos de la OACI, podrán ingresar al Japón sin la necesidad de obtener previamente una visa, si el propósito de la visita es una estadía de corto plazo, por un período que no exceda los 90 días consecutivos.
- Entre las actividades que corresponden a una “visita de corta estadía”, se encuentran turismo, reuniones de negocios, o visitas a familiares, entre otras.
- Los nacionales de la República del Paraguay portadores de pasaportes ordinarios válidos que no sean electrónicos, necesitan obtener previamente una visa.
- La exención de la visa antes mencionada, no se aplicará a los nacionales de la República del Paraguay que deseen ingresar al Japón con la intención de obtener empleo o ejercer una profesión u otra ocupación (incluyendo los espectáculos públicos y los deportes con fines remunerativos), por lo cual, necesitan obtener previamente una visa.
Los pasaportes electrónicos ordinarios que están sujetos a esta medida tienen la característica de que los datos personales están impresos en una hoja de material plástico (policarbonato).
Los pasaportes que no tengan la citada característica, y los datos personales se encuentren impresos en papel, necesitan obtener previamente la visa para el ingreso al Japón.